Como un paso importante a favor de las personas que necesitan vivienda asequible en la Isla, fue descrita la aprobación del Proyecto de la Cámara 1352 (PC 1352) el cual fue a votación este (domingo) en el pleno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico.
La medida fue redactada para ayudar a resolver la problemática de las propiedades abandonadas y al mismo tiempo, promover la restauración de comunidades y vecindarios, mientras busca evitar la especulación sobre este tipo de propiedades, explicó su autor, el Representante por Ponce, Ángel Fourquet Cordero.
Fourquet expresó su satisfacción ante la importancia que representará una vez convertida en ley, para la población puertorriqueña. "Esta legislación es fundamental para abordar la crisis de estorbos públicos en nuestro país y devolver propiedades abandonadas a un uso productivo. Además, busca salvaguardar la intención legislativa de proveer vivienda asequible, priorizando a aquellos ciudadanos cuyas oportunidades de adquirir una propiedad están limitadas en el mercado tradicional, agiliza los procesos de declaración y provee herramientas a los municipios para poder atender la marcada situación de los estorbos públicos", explicó.
Y agregó que "esta iniciativa es de vital importancia para aquellos ciudadanos puertorriqueños que buscan adquirir una vivienda, ya que establece mecanismos para facilitar el acceso a propiedades en desuso o abandonadas".
El PC 1352, en concordancia con el Artículo 2, Sección 9 de la Constitución de Puerto Rico, reconoce el derecho a la propiedad privada y establece que cualquier expropiación debe ser justa y estar respaldada por un fin público.
La medida también destaca la facultad de la Asamblea Legislativa para ejercer su autoridad de expropiación directamente o delegarla en otras entidades o funcionarios públicos, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales.
Una de las disposiciones clave del PC 1352 es la implementación de multas administrativas sobre propiedades declaradas como estorbos públicos. Estas multas, que entrarán en vigor al momento de la notificación de una declaración final de estorbo público, se aplicarán mensualmente hasta que cese la condición de estorbo público. El objetivo de estas multas es crear una deuda a la propiedad que se restará de la justa compensación al momento de la expropiación, incentivando así la pronta resolución de esta problemática.
Otra disposición importante del PC 1352 es la referente a las propiedades abandonadas sin dueño o herederos que las reclamen. En estos casos, se aplicarán las disposiciones respecto a la herencia ab intestato del Código Civil de Puerto Rico.
Además, cuando una propiedad declarada como estorbo público continúe en condición de ruina sin ser reclamada por más de cinco años, podrá ser adjudicada al municipio correspondiente mediante mandamiento judicial.
El PC 1352 también establece que, en caso de un tercer adquirente, el municipio deberá dar prioridad a personas cuya oportunidad de adquirir una propiedad esté limitada en el mercado tradicional, así como al Departamento de la Vivienda. Se busca evitar que el mecanismo sumario de expropiación beneficie a terceros adquirentes que sean reconocidos como inversionistas del mercado inmobiliario.
Con el objetivo de evitar la existencia de 78 ordenanzas distintas con interpretaciones diversas en los tribunales, el PC 1352 propone un procedimiento uniforme para la declaración y expropiación de propiedades. Actualmente, varias leyes abordan este tema de manera diferente, lo que genera confusión y dificulta la resolución de los casos.
La aprobación del PC 1352 representa un avance significativo en la búsqueda de soluciones para la problemática de las propiedades abandonadas en Puerto Rico. Esta medida permitirá la restauración de las comunidades, promoviendo el desarrollo físico, económico, social y cultural de la Isla.
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