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Writer's pictureEl Vigia

AYUDA RECIBIDA DE FEMA NO TIENE QUE INCLUIRSE EN LA PLANILLA PERSONAL

La asistencia por desastre de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) no es un ingreso tributable y no tiene impacto en el Seguro Social, Medicaid, Asistencia de Nutrición Suplementaria u otros pagos o beneficios de programas federales. Los residentes de Puerto Rico, que solicitaron asistencia federal por desastre tras el paso del huracán Fiona, no deben preocuparse de que la asistencia provista por FEMA pueda afectar otros beneficios federales a los que tienen derecho.



Las normas del Servicio de Rentas Internas (IRS, por sus siglas en inglés) indican que los pagos de ayuda en caso de desastres no se consideran ingresos siempre que el gasto reembolsado no se pague también mediante un seguro u otro reembolso. De acuerdo con el IRS, los pagos calificados de ayuda en caso de desastre incluyen los pagos recibidos por los siguientes conceptos:

  • Gastos personales, familiares, razonables y necesarios, de subsistencia o de funeral incurridos como resultado de un desastre declarado como tal por el presidente de los Estados Unidos. Estos pueden incluir gastos médicos, dentales, de vivienda, propiedad personal o de transporte necesario causado por el desastre.

  • Gastos razonables y necesarios incurridos para la reparación o rehabilitación de una residencia personal debido a un desastre declarado como tal por el presidente. Una residencia personal puede ser una residencia alquilada o una de su propiedad.

  • Gastos razonables y necesarios incurridos para la reparación o sustitución del contenido de una residencia personal debido a un desastre declarado por el presidente.

Los pagos de ayuda por desastre también incluyen las cantidades pagadas a los afectados por el desastre por el gobierno estatal o local en relación con el desastre declarado por el presidente.


Para información adicional llame al IRS al 1-800-829-1040 o el Departamento de Hacienda de Puerto Rico al infosac@hacienda.pr.gov o el (787) 622-0123, 1 opción 8 o su profesional de impuestos.

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