El Proyecto busca, entre otras cosas, disminuir la deuda de la AEE en un 75%.
El Representante por el Distrito 23 de Ponce, Guayanilla, Peñuelas y Yauco anuncio en la tarde de hoy que la delegación popular irá contra el “veto” del Gobernador Pedro Pierluisi para el Proyecto de la Cámara 1383, Ley para la Reestructuración de la Deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica.
La medida dispone que los bonistas de la AEE aceptaron el riesgo inherente de pérdida por virtud de esa prelación de crédito al momento de comprar los bonos.
El Gobernador Pierluisi vetó el Proyecto que buscaba reducir la deuda de la Autoridad de Energía Eléctrica en un 75 por ciento.
En este momento, Rivera Madera dijo a El Vigía que no tenían los votos de la delegación del Partido Nuevo Progresista para ir sobre el Gobernador.
El Proyecto radicado por Rivera establece:
La medida establece que todo proceso de reestructuración de la deuda por concepto de bonos emitidos por la AEE debe incluir la reducción de al menos un 75% de dicha deuda. El proyecto de ley también establece las siguientes condiciones para la emisión de cualquier deuda futura por parte de la AEE:
(i) la implantación de reformas que despolitice el funcionamiento de la AEE;
(ii) la imposición de una tarifa razonable, nunca mayor de 20 ¢/kWh;
(iii) el recorte de la deuda de bonos de la AEE en por lo menos 75%;
(iv) el respeto a las prioridades del Acuerdo del Fideicomiso de 1974 (“Trust Agreement”);
(v) el financiamiento adecuado y mantenimiento del Sistema de Retiro de Empleados de la AEE según existe y se rige actualmente;
(vi) la garantía del pago de las aportaciones patronales al Sistema de Retiro de Empleados de la AEE;
(vii) la condición de cualquier nueva emisión de bonos a los términos del Trust Agreement y la prohibición de emisión de bonos asegurados de la AEE;
(viii) la prohibición de desmantelar la AEE y ceder sus intereses a entes privados;
(ix) el cumplimiento de la política pública energética y las metas de la cartera de energía renovable conforme a la Ley 17-2019 y la Ley 33-2019;
(x) la garantía de los derechos laborales y sindicales de los trabajadores y las trabajadoras de la AEE conforme a la Ley 120-2018; y (xi) el compromiso de la Junta de Supervisión Fiscal de no repudiar convenios colectivos ni el Sistema de Retiro de Empleados de la AEE.
De acuerdo con la exposición de motivos, la Sección 314(b)(5) de la ley federal PROMESA establece que el Plan de Ajuste de Deuda debe contar con legislación habilitadora.
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