Se trata del Proyecto de la Cámara 2071 peticionado por el Sindicato de Bomberos Unidos por Puerto Rico
(San Juan, P.R. - 22 de abril de 2024) - La Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes, presidida por el representante Domingo Torres García, inició el proceso de vistas públicas sobre el Proyecto de la Cámara 2071 para crear la ‘’Ley de Ajuste Razonable al Retiro de los Bomberos’’.
De igual forma, la medida dispone un mandato al Comisionado del Negociado del Cuerpo de Bomberos (NCBPR) para revisar y enmendar el reglamento de Facturación y Cobro del Negociado de Bomberos para que se comience con el cobro de nuevos recaudos por concepto de la emisión de la certificación de prevención de incendios a los alquileres a corto plazo.
Asimismo, el estatuto establece la creación del fideicomiso de bomberos para garantizar el manejo ordenado en miras de garantizar un retiro de 50% de su salario promedio de los últimos tres años previo a la fecha de retiro a los miembros del Cuerpo de Bomberos.
A la audiencia pública compareció el autor y peticionario de la medida, el presidente del Sindicato de Bomberos Unidos de Puerto Rico (SBUPR), José Tirado García y el director ejecutivo de la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico, Luis Collazo Rodríguez.
Por su parte, Tirado García dentro de sus recomendaciones, sugirió que se reduzca la edad del retiro de los bomberos a 50 años.
‘’El Sindicato tiene conocimiento de los retos que representan los proyectos legislativos que tienen o pudieran tener un impacto fiscal y sobre las estrictas normas que impone la Junta a toda pieza legislativa para que cumplan con las disposiciones del Plan Fiscal y Ley Promesa. Ante eso entendemos que nuestra propuesta cuenta con los fondos necesarios para lograr un retiro digno con fondos recurrentes y autosustentables’’, dijo Tirado García.
Según Tirado García, los fondos que nutrirán a la pieza legislativa deberán ser custodiados por un Fideicomiso con fines no pecuniarios. ‘’El funcionamiento del Fideicomiso se regirá por las disposiciones de la ley que lo creara y las de la Escritura Consittuyente. Dicha escritura especificará la forma y manera en que la Junta como fiduciario del Fideicomiso ejercerá todos los poderes, prerrogativas y responsabilidades conferidas’’.
En tanto, el Presidente de SBUPR indicó que los alquileres a corto plazo no están regulados en cuanto a prevención de incendios. ‘’La certificación de prevención de incendios busca que los ciudadanos puedan disfrutar de los alquileres a corto plazo de manera segura y eso solo se puede garantizar si aplicamos la correspondiente reglamentación de seguridad. Esto a su vez, generaría ingresos recurrentes para mejorar el retiro de los bomberos’’.
Tirado García explicó que de aprobarse la medida, los 1,600 bomberos representados por el Sindicato, se verían beneficiados.
Junta de Retiro del Gobierno no avala la medida
Por otro lado, Collazo Rodríguez no favoreció la aprobación de la medida.
‘’Reconocemos la importancia de ofrecer garantías y beneficios a los miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos para que puedan retirarse con una compensación justa. Sin embargo, no debemos perder de perspectiva que la intención del proyecto es ofrecer beneficios adicionales a los que hoy en día tienen derecho. Por consiguiente, consideramos que lo propuesto tendría un impacto fiscal no considerado y representa un reto legal ante las disposiciones establecidas en el Plan de Ajuste’’, dijo Collazo Rodríguez.
Asimismo, Collazo Rodríguez estableció que en el proyecto no se desprenden estudios, análisis o proyecciones económicas que sustenten la viabilidad fiscal de lo propuesto en la pieza legislativa.
‘’De igual forma, lo de reducir la edad de retiro a 50 años en vez de 55 como establece la ley actualmente tendría un impacto actuarial significativo y en el presupuesto de PayGo ya que estos participantes estarían retirándose años antes de los contemplado bajo la normativa vigente’’, expuso Collazo Rodríguez.
Finalmente, Collazo Rodríguez alertó que no surge de la medida si el 50% a pagarse será realizado en su totalidad a través del Fideicomiso propuesto o si será pagado a través del PayGo.
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