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Writer's pictureEl Vigia

NUBLADO EN PONCE LA SEPARACIÓN DE IGLESIA Y ESTADO

Por los pasados meses varios ciudadanos ponceños se han comunicado a la redacción de El Vigía para denunciar, lo que a su entender, es una falta a la sección 3 del Artículo II de Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico. La misma reza No se aprobará ley alguna relativa al establecimiento de cualquier religión ni se prohibirá el libre ejercicio del culto religioso. Habrá completa separación de la iglesia y el estado.



De acuerdo a los reclamos de los ponceños, el Municipio de Ponce promueve el ejercicio de culto religioso desde sus plataformas sociales y edificaciones gubernamentales. Más reciente un anuncio colocado en la página de facebook oficial del alcalde Luis M. Irizarry Pabón donde llaman a Ponce como “la cuna del avivamiento”. El anuncio se hace como invitación a una noche de “revival” y se utiliza una imagen de la casa alcaldía como parte del arte que además incluye el logotipo de la actual administración.


La Ciudad de Ponce históricamente celebra sus costumbres religiosas con fervor. Para los católicos la celebración de Las Mañanitas en honor a la Virgen de La Guadalupe es una tradición que celebran con una gran fiesta. En el pasado, el ayuntamiento apoyó la celebración de la centenaria actividad en un evento que incluía Mariachis y un desayuno para el pueblo. Según expertos en el tema, el Municipio no invitaba a la misa católica sino a la celebración de pueblo que se lleva a cabo luego de la procesión y misa.


Según expertos en el tema, hay actividades que, aún teniendo un origen religioso, adquieren un carácter cultural que podría opacar el elemento religioso. Como ejemplo, todas las fiestas patronales -y hasta las fiestas de la calle San Sebastián- tienen un origen religioso, pero se han convertido en actividades culturales con el paso del tiempo. En el caso de Las Mañanitas, aún cuando todavía hay un elemento claramente religioso como parte de la celebración, se han incorporado otros elementos sociales y culturales que transforman el evento a uno que trasciende la religión.


Esta borrosa línea entre iglesia y estado se recrudece en Ponce porque es el mismo municipio el que invita a la celebración del culto religioso. Los hacen en la plaza pública de la Ciudad pero invita la misma administración. Utilizando artes y logos que identifican la actual administración podría verse como un evento que crea, apoya e invita el gobierno.


¿Quien preparó los artes y colocó en las redes del Municipio la invitación al culto?


La otra disposición indirecta que aparece en la Constitución de Puerto Rico es la sección 9 del artículo VI, que dice que “[s]ólo se dispondrá de las propiedades y fondos públicos para fines públicos y para el sostenimiento y funcionamiento de las instituciones del Estado, y en todo caso por autoridad de ley”. Esto también tiene implicaciones para la relación entre Iglesia y Estado.


Las cortes también han interpretado la separación de Iglesia y Estado. El Tribunal Supremo de Estados Unidos en Lemon v. Kurtzman, resuelto en 1971, dice que esa disposición va mucho más allá. La Corte dictamina que la Cláusula de Establecimiento no solo prohíbe el que haya una religión oficial, sino que el Estado no debe alentar, endosar, ni inhibir a una religión particular o a la Religión en general. Es decir, el Estado no debe hacer nada que pueda conducir eventualmente al establecimiento de una religión o de la Religión. De hecho, en Lemon se mencionan tres criterios que se deben utilizar para determinar la validez de una ley o actuación gubernamental al amparo de esa cláusula: (1) la ley o actuación debe tener un propósito secular; (2) la ley o actuación no debe promover ni inhibir la Religión, y (3) no debe fomentar un involucramiento excesivo del Gobierno con la Religión.


Déjanos saber tu opinión en los comentarios, ¿hay separación de Iglesia y Estado en Ponce?


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